Novedad 01

El 1 de noviembre de 2018, se publicó en el Boletín Oficial el Decreto Reglamentario N° 986/2018 (el “Decreto”) de la Ley N° 27.424 de Régimen de Fomento a la Generación Distribuida de Energía Renovable Integrada a la Red Eléctrica Pública (la “Ley”), la cual fue publicada el 27 de diciembre del año 2017.

La Ley tiene por objeto establecer las condiciones jurídicas y contractuales para que (i) los denominados “usuarios-generadores” cuenten con la posibilidad de generar energía eléctrica de origen renovable para su autoconsumo e inyectar los excedentes a la red y (ii) los prestadores del servicio público de distribución faciliten dicha inyección, asegurando el libre acceso a sus redes.

El Decreto, por su parte, aclara ciertos aspectos de la Ley y establece como meta la instalación de un total de mil (1.000) megavatios de potencia de generación distribuida de fuentes renovables dentro del plazo de doce (12) años, es decir, para el año 2030.

Se establece que el distribuidor comprará, reconocerá y, en caso de corresponder, abonará al usuario-generador toda la energía que este inyecte a la red de distribución.

Fuente: www.argentina.gob.ar

Novedad 02

La tecnología SFV, la caída de los costos de los módulos fotovoltaicos y el aumento de la eficiencia de los mismos es el principal causante de la reducción tan drástica del CAPEX en los proyectos SFV. Entre los años 2010-2018 se experimentó una reducción de los costos de inversión del 74%, lo cual en números de inversión equivale a USD 4.621/kW en 2010 a USD 1.210/kW en 2018

Fuente: www.argentina.gob.ar

Novedad 03

Con el objetivo de fomentar el régimen de Generación Distribuida de Energías Renovables, la ley nacional Nº 27.424 establece una serie de beneficios promocionales para los usuarios. El primero de ellos es un Certificado de Crédito Fiscal (CCF), el cual ya podés solicitar a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD).

El Certificado de Crédito Fiscal se otorga en forma de bono electrónico a favor del usuario y se verá reflejado en su cuenta de AFIP, pudiendo ser utilizado para el pago de impuestos nacionales como el impuesto a las ganancias y el impuesto al valor agregado (IVA), entre otros, en el momento que lo desee, durante los 5 años posteriores a la obtención.

El monto del Certificado es de $ 30.000 por kW instalado, hasta un máximo de $2.000.000 por instalación.

Fuente: www.argentina.gob.ar